Más allá de elegir en una
papeleta a un gobernante o legislador cada tres o seis años, la democracia
requiere de la participación constante de los ciudadanos que en estos momentos
están exigiendo por varios medios que se fiscalice a la administración saliente
y se impongan penas –cárcel y juicio político- a los responsables de que la
deuda pública de Quintana Roo haya aumentado casi mil por ciento en los últimos
12 años.
La exigencia es, por la
transición en el poder, coyuntural, pero debería sostenerse más allá del cambio
de gobierno o de un sexenio, para impedir que el abuso de autoridad y el desvío
de recursos se repita, así como la supeditación al Ejecutivo de los poderes
Legislativo y Judicial que, por lo mismo, son cómplices de los despojos y el
desfalco atribuido al gobierno.
En esta coyuntura ha surgido
una propuesta que podría sostener la participación y fiscalización ciudadana si
es que el órgano -Observatorio Legislativo de Quintana Roo- presentado
recientemente, se conduce desde afuera y más allá de los tiempos políticos.
La iniciativa, encabezada por
organismos empresariales como el Consejo Coordinador Empresarial, la
Confederación Patronal de la República Mexicana y la Asociación de Plazas
Comerciales, busca transparentar y difundir la información legislativa desde lo
más simple, como conocer quiénes son los legisladores, qué hacen y cómo
trabajan, hasta la fiscalización de iniciativas, dictámenes y presupuestos que,
aunque existe una Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, casi
nunca se publican. En concreto, su fin es la rendición de cuentas.
Por ejemplo, según el Informe
Legislativo 2016 elaborado por el Instituto Mexicano para la Competitividad
(IMCO), el presupuesto anual del Congreso de Quintana Roo fue en este año de
340 millones de pesos, 37 millones más que el de los congresos de Yucatán (132
millones) y Campeche (171 millones) juntos.
El presupuesto anual por cada
diputado es, según la misma fuente, de casi 14 mil millones de pesos, mientras
en transparencia el Congreso de Quintana Roo resultó reprobado al no hacer
pública la información relativa a remuneración bruta y neta, prestaciones,
aguinaldos, gastos de representación, viáticos, total de plazas, prestadores de
servicios por honorarios, jubilados y pensionados, gastos en órganos,
comisiones y grupos parlamentarios, así como en comunicación social o medios de
comunicación.
Esa información tendría, por
ley, que ser pública, pero ante el incumplimiento de quienes se encargan,
paradójicamente, de legislar, la ciudadanía tiene que ser participativa; no
sólo conocer el nombre o desempeño de sus representantes o exigir cuentas al
final de cada mandato, sino sostener una fiscalización permanente en la
elaboración y aprobación de leyes, en la rendición de cuentas y en la
aplicación del dinero público.
La opacidad en este nivel nos
afecta colectivamente. En estos días, precisamente, se cumple un año de que el
Congreso aprobara la Ley de Protección a Periodistas, de la que el gremio se
enteró –por terceros- un día antes de que fuera presentada en supuestos foros
de consulta y, aun, sin que se hubiera difundido previamente en el portal de la
XIV Legislatura. Finalmente, la ley fue invalidada hace unas semanas por la
Corte. Esa ley había sido impugnada por la Comisión Nacional de Derechos
Humanos que determinó que el decreto violentaba los derechos a la información,
la libertad de expresión, la no discriminación y la seguridad jurídica. Por tanto,
no era una ley que afectara exclusivamente a las personas que ejercemos el
periodismo, aunque los reporteros y corresponsales de Cancún lucharon, aún en
medio del hostigamiento y la represión, para que fuera impugnada.
Vale entonces recordar, a un
año de aquel decreto, la posición de reporteros y corresponsales que fue
difundida, en su momento, sólo por dos medios locales, uno regional y la
mayoría de medios nacionales:
Diputados de la XIV
Legislatura de Quintana Roo:
Nosotros, reporteros de los
principales medios impresos y electrónicos de Cancún, decidimos manifestar
nuestra posición sobre la Ley para la Protección de Personas Defensoras de
Derechos Humanos y Periodistas, y proponer, con base en este análisis, los
mecanismos de protección para ejercer nuestro trabajo.
Consideramos que:
La iniciativa de ley que
ingresó al Congreso el gobernador Roberto Borge, es sólo un reflejo de la
situación en la que actualmente ejercemos el periodismo en Quintana Roo y, por
lo mismo, la XIV Legislatura estaría legalizando, con su aprobación, el control
piramidal que el Poder Ejecutivo ejerce en esta entidad sobre los demás poderes
incluido, en nuestro caso, el llamado “cuarto poder” que, en la práctica,
debería ser el eje que equilibra la balanza entre el poder (político) y la
sociedad civil, lo cual implica proteger también los derechos de la audiencia.
En primer lugar este proyecto
de ley, en su artículo 3, fracción VI, determina a la libertad de expresión
como “prerrogativa” y no como derecho humano. Eso significa –además de un
atraso político de décadas en nuestro estado- que el Ejecutivo estará
facultado, por decreto, a conceder como un favor la libertad de expresión, pues
al no considerarla como un derecho niega que sea inherente a toda persona y de
antemano, evade cumplir con sus obligaciones de protección y garantía de la
libertad de expresión.
Nuestra propuesta es que se
modifique este artículo en los términos que marca el artículo 1 de la
Constitución Mexicana, pues es la base que sostiene cualquier iniciativa
enfocada a proteger el ejercicio del periodismo.
También proponemos, con base
en nuestra experiencia diaria como reporteros, que se incluya un artículo
referente a una de las situaciones que vulneran en Quintana Roo nuestros
derechos, garantías y seguridad profesional y personal: los ataques,
intimidación, amenazas y campañas de desprestigio que la mayoría de las veces
están dirigidas contra nuestra persona o familiares.
En este sentido, solicitamos
al Congreso de Quintana Roo que legisle a fin de que se les prohíba a las
autoridades estatales realizar manifestaciones públicas para atacar y
amedrentar a periodistas y, en general, a ciudadanos. El hostigamiento
mediático realizado por funcionarios públicos de ninguna manera está protegido
por el derecho a la libertad de expresión; por el contrario, es considerado un
mecanismo para disuadir a cualquier persona que emita una crítica al gobierno.
Como base legal, la Corte Interamericana
de Derecho Humanos ha determinado claramente que las autoridades en ejercicio
de la libertad de expresión, se encuentran de igual forma sometidas a ciertas
limitaciones y deben hacerlo con una diligencia aún mayor que la debida a
cualquier persona, en razón de su posición como autoridad.
Sería conveniente que el
Congreso de Quintana Roo determinara, en estos casos, procedimientos de
protección, denuncia, juicios y sanciones jurídicas, incluso la cárcel, contra
las personas que cometan estos ataques hacia periodistas que, en la mayoría los
casos, son críticos al gobierno. De otra forma, esta ley será una simulación.
Consideramos también que:
En el Capítulo V de esta
iniciativa de ley, se tergiversa y oficializa el Secreto Profesional en el
ejercicio del periodismo, cuando se dictamina que: “las personas Periodistas
deberán abstenerse de proporcionar información que reciban, conozcan o tengan
en su poder y que sea considerada de carácter reservada como lo establece el
Artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo y la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública de la citada Entidad
Federativa”.
En el artículo 21 de la
Constitución estatal se establecen los principios y bases para que una
información sea pública o reservada temporalmente, pero sólo cuando está en
posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo estatal o
municipal. Por tanto, esta iniciativa de ley nos considera, a los periodistas,
como parte de la estructura de gobierno violando, tácitamente, la libertad de
expresión al tergiversar el Secreto Profesional que en el ejercicio del
periodismo significa el derecho del periodista a reservarse la identidad de sus
fuentes; a que no se le requieran datos o hechos que no hayan sido publicados y
que formen parte de las investigaciones periodísticas; y a que no sea objeto de
inspección o aseguramiento de su equipo, notas, registros o archivos personales
o profesionales que busquen identificar las mismas fuentes.
Asimismo, en el artículo 12 se
tergiversa la Cláusula de Conciencia en el ejercicio periodístico, y se
restringe a la supuesta libertad del periodista para renunciar a su empleo
cuando no esté de acuerdo, en términos éticos, con el manejo de la información
y se niegue a poner su firma o colaborar en la transmisión de hechos o
declaraciones alteradas por el propio medio. Esta Cláusula, que en México como
en otros países defiende la libertad de pensamiento y el código de ética del
periodista, omite el derecho de los reporteros a que su libertad de expresión o
ideológica y sus principios éticos no deben ser sancionados ni motivo de
despidos que, en estos casos, serían injustificados. Este proyecto de ley, sin
embargo, sencillamente nos decreta que renunciemos, y ni siquiera determina la
obligación de las empresas a una justa indemnización.
De igual forma, en los
artículos 13 al 16 la citada iniciativa de ley vuelve a restringir la labor de
los periodistas, al establecer disposiciones para la acreditación a fin de
acceder a actos e instalaciones públicas, dejándola a la discrecionalidad y
arbitrio de las autoridades del mismo gobierno que determinarán también quién
es o no periodista en esta entidad.
Primero, los programas de
acreditación pueden constituir una fuente de abuso por parte de las autoridades,
pues éstas podrían negarla a periodistas que, por ejemplo, sigan una línea
crítica al gobierno, restringiendo el derecho a la libertad de información.
Consideramos, por tanto, que
el procedimiento de acreditación podría ser susceptible de injerencias
políticas, y ser una restricción de los derechos establecidos en los artículos
6 de la Constitución Federal, así como en el 13 de la Convención Americana
sobre Derechos
Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos.
Segundo, en esta iniciativa se
determina que el Estado impulsará, en conjunto con “organismos civiles de
periodistas debidamente reconocidos”, la celebración de convenios de
colaboración para la “profesionalización” de periodistas. Nuestra preocupación
es en el término de “debidamente reconocidos”, pues como en el tema de la
acreditación se establece aquí una condicionante donde el gobierno se erige
como censor para otorgar el “debido reconocimiento” a determinadas asociaciones
u organizaciones sociales de periodistas.
Esto genera un amplio margen
de discrecionalidad y arbitrariedad por parte de las autoridades de Quintana
Roo al momento de determinar quién debe estar o no reconocido, y sobre todo
pondría en riesgo o en duda la independencia de las mismas organizaciones cuya
naturaleza debe ser precisamente de carácter civil, no gubernamental, y fungir
como contrapesos al poder estatal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario