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martes, 30 de mayo de 2017

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Quintana Roo, vigila el cumplimento de la obligación del reparto de utilidades a los trabajadores


Chetumal.- La Secretaría del Trabajo y Previsión social dará inicio a su jornada de verificación del pago de utilidades a los trabajadores, para lo cual se girarán alrededor de mil requerimientos al principio del mes de junio, exhortando a los patrones para que acrediten el cumplimiento de esta obligación.

 
Cada año los trabajadores tienen derecho a recibir el 10% de las utilidades que se generaron en la empresa durante el año inmediato anterior, esto es lo que se conoce como Reparto de Utilidades.

Este derecho corresponde a trabajadores con más de 60 días laborados al año, empleados asalariados sin cargo jerárquico como administradores, directores o gerentes, además de las excepciones que establece la Ley Federal del Trabajo.

LOS PATRONES PERSONAS MORALES ESTÁN OBLIGADOS A REALIZAR EL REPARTO DE UTILIDADES A SUS TRABAJADORES A MÁS TARDAR EL 31 DE MAYO Y PERSONAS FÍSICAS EL 30 DE JUNIO DE 2017.

El artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, establece que las utilidades de la empresa se deberán entregar en porcentaje proporcional al tiempo laborado y el pago será repartible en dos partes iguales:
1. Por igual entre todos los trabajadores, según los días trabajados y
2.- En proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado

Empresas exentas del Reparto de las Utilidades a los Trabajadores:
• Las que sean de nueva creación y se encuentren dentro del primer año de funcionamiento.
• También si han elaborado un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años.
• Las compañías de índole minera siempre que sean de nueva creación, durante el periodo de exploración.
• Aquellas instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
• También están exentas las instituciones de asistencia privada.
• Las empresas que hayan logrado un ingreso anual declarado para el ISR menor a 300,000 pesos.
• Las empresas que no hayan generado utilidades.

En caso de que no te sea pagado este concepto o requieres asesoría acude a las oficinas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo ubicadas en:
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Área de Inspección).
En Chetumal: Av. Efraín Aguilar No. 467, Colonia Campestre.

En Cancún: Plaza Comercial The Village Av. Kabah, Sm. 14-A, Mza. 4 Lote 2 y 3, Locales del B-201 al B-214, Planta Alta
Procuraduría de la Defensa del Trabajo
Chetumal: Av. Héroes No. 105 entre Av. 5 de mayo Col. Centro.
Cancún: Plaza Comercial The Village Av. Kabah, Sm. 14-A, Mza. 4 Lote 2 y 3, Locales del B-201 al B-214, Planta Alta.
Playa del Carmen: Av. 30 entre 36 y 36 Bis, Lotes 6,7 y 8 Mza. 96 Col. Centro.
Cozumel: 10 Av. con calle 2 norte esquina Plaza Garza Blanca, Col. Centro

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